Comparte AMIA lo que hay que saber sobre la NOM-194 y los avances de la seguridad vial en México

Detalles de la NOM-194 y sus actualizaciones en los dispositivos de seguridad en los vehículos nuevos

La seguridad vial es importante para todas las personas, ya sea que posean un automóvil o no, pues se trata de su protección al transitar por las vialidades. En relación con este tema recientemente se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la actualización de la NOM-194-SE-2021, la cual regula lo referente a los dispositivos de seguridad que deben tener los vehículos ligeros nuevos.

Por ello, la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA) compartió lo que debe saber sobre esta norma, cuáles fueron sus actualizaciones, cuándo entran en vigor y el compromiso de la industria automotriz para procurar el bienestar de las y los mexicanos en la seguridad vial.

La NOM-194

La Norma Oficial Mexicana 194-SE-2021, mejor conocida como NOM-194, es la que regula y establece los dispositivos de seguridad mínimos con los que deben contar los vehículos ligeros – es decir, aquellos cuyo peso no exceda los 3,857 kg – nuevos en el país, y respalda que tu vehículo es seguro. Desde hace unos meses se hicieron ajustes a la norma que se tenía en años anteriores (NOM-194-SCFI-2015); por ello es importante que conozcas los ajustes realizados y cómo estará funcionando.

Cambios a la NOM-194 y fechas de entrada en vigor

La nueva NOM-194 entrará en vigor a partir de abril de 2023. Es importante mencionar que el inicio de su vigencia no significa que a partir de esa fecha se tiene la obligación de incorporar nuevos dispositivos en los vehículos, sin embargo, la unidad sí debe contener los 25 dispositivos de la norma actual (NOM-194-SCFI-2015). En otras palabras, la NOM-194-SE-2021 sólo aplica para los vehículos año modelo 2025 o posteriores, excluyendo los modelos 2024 y anteriores. Asimismo, no todos los dispositivos nuevos serán obligatorios al mismo tiempo. A continuación, te contamos cuáles serán posteriores al año modelo 2024:

A partir de vehículos año modelo 2025, será necesario cumplir con las especificaciones de los 25 dispositivos señalados en la Tabla 1 del capítulo 6 “Elementos esenciales de seguridad”. Los cuales aplican para dispositivos como: apoyacabeza, cinturones de seguridad de 3 puntos y sus anclajes, doble cerradura de cofre, protección de ocupantes contra impacto frontal, faros delanteros, sistema antibloqueo para frenos (ABS), protección de ocupantes contra impacto frontal o lateral, entre otros.

También los vehículos año modelo 2025, deberán tener los dispositivos de seguridad de Control Electrónico de Estabilidad (ESC), el cual actúa al frenar individualmente las llantas en situaciones de riesgo para evitar derrapes; y los Anclajes de Sistemas de Retención Infantil (ISOFIX o Latch), los cuales ayudan a la sujeción de los asientos infantiles.

Para los vehículos año modelo 2026 y posteriores, serán aplicables los siguientes dispositivos con sus especificaciones en la norma: TPMS, es decir el sistema de monitoreo de presión de llantas, el sistema de dirección en prueba de impacto, sistema de puertas, luz alta de freno, protección en vehículos eléctricos y protección para vehículos de gas.

Por su parte, para vehículos año modelo 2027, entrarán en vigor, junto con sus especificaciones, el impacto lateral de poste y el de Integridad del sistema de Combustible.

La NOM-194 tiene como objetivo proteger a los pasajeros de los vehículos en caso de accidentes, y también prevenir percances con condiciones mecánicas específicas. No obstante, la infraestructura, la educación, la capacitación, modos de transporte y las acciones de los ciudadanos, son otros factores clave que no se deben olvidar.

Es importante destacar que, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2019 se registraron 362 mil 586 accidentes viales de los cuales, 334 mil 925 accidentes, es decir un 92.37% ocurrieron por causas imputables al conductor, un 2.6% a condiciones del camino y un 0.9% por fallas en el vehículo.

Por ello, es importante no perder de vista estos datos y generar políticas públicas integrales que apoyen a robustecer toda la seguridad del ecosistema y cultura vial en el país. Si no se pone atención a todos los factores de riesgo en la conducción y generación de accidentes, como conducir bajo los efectos del alcohol, uso de cinturón de seguridad, exceso de velocidad y distractores, así como mejorar las condiciones de la infraestructura vial y de señalización o requerir la aprobación de exámenes rigurosos para obtener una licencia de conducir, por mencionar algunos ejemplos; estas normas en los dispositivos de seguridad de un vehículo no serán suficientes. Es necesario atender en conjunto el fortalecimiento de la cultura vial de todo el ecosistema de movilidad. La AMIA sabe que contribuir a la reducción en la incidencia de accidentes viales es apostar por el bienestar del país, por eso reitera su compromiso de mantener un diálogo abierto y transparente con el sector público, privado y social de México con el objetivo de trabajar en conjunto en la generación de políticas públicas integrales. Así se promoverá la protección y seguridad de los ciudadanos por medio de acciones colectivas que mejoren el entorno de la seguridad vial en el país.

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